Nueve meses de embarazo, el parto, el postparto… y el papeleo. Ser padres en UK conlleva muchas cosas, entre ellas tener que lidiar con los trámites y la burocracia para registrar el nacimiento de tu hijo en el Consulado de Londres, Manchester o Edimburgo o solicitar su pasaporte.
Pero no hay de qué preocuparse. Aunque puede parecer muy lioso, si nos organizamos con tiempo puede ser un poco más fácil. Lo que sí recomiendo desde ya es que si todavía no os habéis registrado en el Consulado, lo hagáis cuanto antes ya que será un trámite menos que hacer. Y que vayáis pidiendo cita para los trámites, ya que suele haber un par de meses de espera. En este artículo os explicamos cómo registrarse en el Consulado español en Londres.
Tabla de contenidos
- Trámites para registrar el nacimiento de tu hijo en el Local Register Office
- Registrar el nacimiento de tu hijo en el Registro Civil Español y alta consular
- Solicitud del pasaporte del bebé
- Tengo un viaje programado y no me da tiempo a hacer todo el papeleo, ¿qué puedo hacer? El Salvoconducto
- Solicitud de DNI
- Solicitud de pasaporte británico
- Brexit – Settled Status o Pre-Settled Status para menores de edad
- Resumen trámites a realizar cuando nace el bebé
Trámites para registrar el nacimiento de tu hijo en el Local Register Office
Todos los nacimientos en Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte deben registrarse en los 42 días siguientes al nacimiento. Si ha nacido en Escocia, hay que hacerlo en los 21 días siguientes al nacimiento.
Para registrar el nacimiento de tu bebé debes llamar o pedir una cita online en la “local register office” que te corresponda. En el hospital te indicarán cuál es, pero también puedes buscar en este enlace introduciendo el código postal del hospital. Procura pedir la cita pronto ya que muchas veces puede estar saturado y que no te den cita en semanas.
¿Qué documentos son necesarios para registrar al bebé en Reino Unido?
- Deberás llevar los pasaportes o algún documento para identificarte.
- El libro rojo del bebé (que te dan en el hospital)
¿Cómo es el proceso para registrar a un bebé?
El funcionario os hará varias preguntas:
- Lugar y fecha de nacimiento de bebé
- Nombre completo que le queréis poner (Pequeño apunte. En Inglaterra, al igual que en España, se puede poner el apellido de la madre primero)
- Vuestros nombres, dirección, fecha de nacimiento, profesión
- A la madre también le preguntarán si ha tenido otro nombre (ya que muchas adquieren el apellido de su marido) o si tiene otros hijos.
Una vez que haya terminado con las preguntas os enseñará el documento para que comprobéis que los datos son correctos.
Existen dos tipos de certificados de nacimiento:
- una versión corta, que sólo tiene los datos del bebé
- una versión larga que también incluye los datos de los padres.
En el registro os darán una copia de ambos y puedes comprar varias copias de los mismos (recomendable para futuro papeleo como el child benefit).
Registrar el nacimiento de tu hijo en el Registro Civil Español y alta consular
El primer trámite será inscribir el nacimiento de tu hijo en el Registro Civil de la Oficina Consular que os corresponda (Londres, Manchester o Edimburgo) y hacer el alta consular. Para poder realizar este trámite, debéis estar inscritos previamente como residentes en ese Consulado. Lee nuestro artículo Cómo registrarse en el Consulado.
La documentación para la inscripción debe ser enviada por correo. No te olvides de introducir junto a tus documentos un sobre ‘Special Delivery Guaranteed’ para que te envíen devuelta los documentos y el libro de familia a tu domicilio.
Cada consulado requiere unos documentos para registrar el nacimiento. En estos enlaces podéis ver qué es necesario:
Registrar nacimiento en el Consulado de Londres
Registrar nacimiento en el Consulado de Manchester
Registrar nacimiento en el Consulado de Edimburgo
Por cierto, tener en cuenta que las inscripciones pueden demorarse hasta 8 semanas, aunque suele tardar mucho menos.
¿Qué documentos se necesitan para el registro y el alta consular?
Estos son generalmente los documentos que piden para ello. Pero recordar que dependen de vuestras circunstancias (casados, viudos, solteros, etc.)
- Hoja declaratoria para la inscripción del nacimiento
- Formulario de elección de orden de apellidos (si preferís primero el de la madre o el del padre)
- Certificado literal de nacimiento del Registro Civil británico (“Full Birth Certificate” o “Certified Copy of an Entry) expedido en los últimos 6 meses y apostillado.
- Copia del documento de identidad (D.N.I. o pasaporte) de ambos progenitores.
- Si los progenitores están casados, certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español. Si el matrimonio está inscrito en el Consulado no es necesario.
- Formulario de solicitud de alta como residente y la declaración para la inclusión en el censo.
- Si disponéis de uno, Libro de Familia
- Un sobre franqueado “pre-paid Special Delivery Guaranteed” en el que figuren vuestro nombre y dirección, para poder enviaros el Libro de Familia y el certificado literal de nacimiento.
Si alguno de los documentos no está en los idiomas aceptados por el Consulado (español, inglés, francés, o portugués) deberá ser traducido.
Para más información www.exteriores.gob.es
Quizá te interese leer ‘¿Qué ventajas tiene registrarse en el Consulado?’
Solicitud del pasaporte del bebé
Para solicitar el pasaporte es necesario pedir cita y acudir al consulado.
El consulado de Londres saca las citas los días 1 y 15 de cada mes. Si estos caen en fin de semana o festivo se sacan el lunes siguiente.
El Consulado de Londres os enviará un email con los datos para acceder al sistema de citas. Las citas son para las dos semanas siguientes. En este enlace podéis solicitar una cita.
Importante: Para la obtención del pasaporte de menores debéis acudir los dos padres y el menor.
¿Qué documentos se necesita para solicitar el pasaporte de tu bebé?
- Libro de familia o certificado español de nacimiento del menor (el del registro consular).
- Documento de identidad o pasaporte de los progenitores comparecientes.
- 1 fotografía (32 x 26 mm.) reciente, sobre fondo blanco, tomada de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona. Cuidado con el color del fondo ya que en Reino Unido las fotos de pasaporte tienen fondo gris. Cuando vayáis a hacerle las fotos acordaros de pedir el fondo blanco (en Snappy Snaps, por ejemplo, cuando le decís que queréis las fotos de pasaporte miran en su base de datos los requerimientos).
- En caso de que el menor ostente otra nacionalidad, deberá presentar también el pasaporte de dicha nacionalidad.
- £25.75 pago por tarjeta.
- Un sobre “pre-paid Special Delivery Guaranteed” con vuestro nombre y dirección, para que os lo envíen por correo y no tener que ir de nuevo al Consulado a recogerlo.
El pasaporte de los menores de cinco años tiene una validez de dos años. Luego será de cinco años. La emisión del pasaporte suele tardar entre 3 y 4 semanas desde que se formaliza la solicitud, por lo que se recomienda hacer la gestión correspondiente con la necesaria antelación.
Para más información http://www.exteriores.gob.es/
Tengo un viaje programado y no me da tiempo a hacer todo el papeleo, ¿qué puedo hacer? El Salvoconducto
Como os podéis imaginar, obtener el pasaporte para vuestro hijo no es cuestión de unos días, sino más bien meses entre unas citas y otras. Muchos queréis o tenéis que ir a España cuanto antes. La opción para ello puede ser solicitar un salvoconducto.
En estos momentos el consulado de Londres sólo facilita salvoconductos para casos de emergencia.
Importante: un salvoconducto sirve solo para entrar en España, pero no lo podrás utilizar de nuevo para volver a Reino Unido. Una vez en España deberéis tramitar el DNI o pasaporte para poder volver.
La solicitud de salvoconducto debe hacerse con un máximo de siete días naturales antes del viaje a España. La expedición del documento es gratuita y puede demorarse hasta 48 horas.
Para solicitar un salvoconducto deberás acudir al Consulado de lunes a viernes de 09:30 a 13:20 sin necesidad de solicitar cita previa. El menor también debe acudir a la cita.
En recepción os entregarán unos formularios para rellenar y además deberéis llevar:
- 1 fotografía (32 x 26 mm.) reciente, sobre fondo blanco, tomada de frente
- Billete de avión o de otro medio de transporte que el solicitante vaya a utilizar para viajar a España.
- Pasaporte o DNI del adulto de los progenitores o tutores que le acompañen y, en su caso, autorización de los que no puedan comparecer.
- Libro de Familia o cualquier documento que permita establecer la identidad y nacionalidad del menor.
Para más información visitar la página relativa a los salvoconductos del Consulado.
Solicitud de DNI
El DNI sólo puede tramitarse en España, en cualquiera de las oficinas de la Policía Nacional. Al ser residente en el extranjero deberás:
- Solicitar en el Consulado, en los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud del DNI, un certificado de residencia específico para la expedición del DNI. Lo puedes tramitar en el Consulado o pedir que te lo envíen por correo postal (con un sobre pre-paid).
- Como en el caso del bebé se trata del primer DNI, tendréis también que solicitar un certificado de nacimiento especial (“para primera expedición del DNI“) en el Consulado donde figure inscrito el nacimiento. Este certificado solamente se expide una vez y caduca a los 6 meses.
- Coger una cita previa: Por internet www.citapreviadnie.es
- Presentarse en las oficinas de la Policía Nacional con los certificados anteriores más dos fotografías tamaño carné y el pasaporte.
¿Qué pasa si no puedes conseguir una cita para el DNI? Según la web del Consulado: “Las oficinas de expedición, siendo conocedoras de la dificultad de obtener cita de manera ordinaria, y siempre que se acredite la condición de residente en el extranjero y se aporte la documentación requerida, facilitarán, en la medida de lo posible, la tramitación del DNI durante la estancia en España.”
Solicitud de pasaporte británico
Si uno de los padres es británico o tiene el settled status podéis pedir el pasaporte británico.
Para solicitar el pasaporte o comprobar si tenéis derecho a él os invitamos a que leáis los siguientes enlaces:
https://www.gov.uk/british-citizenship/born-in-uk-after-1983
https://www.gov.uk/get-a-child-passport
Brexit – Settled Status o Pre-Settled Status para menores de edad
Si ninguno de los padres es ciudadano británico o no tenía el settled status cuando el bebé nació, debéis solicitar el ‘pre-settled status‘ para vuestro hijo dependiendo del tiempo que llevéis viviendo en Reino Unido.
De esta manera el menor podrá seguir viviendo aquí después del Brexit con los mismos derechos que cualquier ciudadano de la Unión Europea tenía anteriormente. Si ya habéis hecho el trámite y habéis obtenido el settled o pre-settled status tenéis que añadir a vuestro hijo en vuestra solicitud.
Importante: sólo tenéis tres meses después de su nacimiento para solicitar el pre-settled del menor. Se puede realizar la solicitud aunque el menor todavía no disponga de pasaporte llamando al EUSS Resolution Centre y solicitar que os envíen el formulario ya sea en por corro postal o por email.
Teléfono del EU Settlement Resolution Centre: 0300 123 7379
Para más información sobre cómo obtener el Settled Status lee nuestro artículo Qué es y cómo obtener el Settled Status.
Resumen trámites a realizar cuando nace el bebé
Lo sé, ¡os sentís abrumados con tanto papeleo! No os preocupéis, hemos estado ahí. Como ya he dicho lo mejor es empezar a planearlo con tiempo. Ir recopilando papeles y cogiendo citas cuanto antes. Estos son los pasos ha realizar:
- Si no estáis registrados en el Consulado, este debería ser el primer paso.
- Registrar el nacimiento en el Local Register Office
- Registrar el nacimiento en el Registro Civil del Consulado y Alta Consular
- Solicitud de pasaporte
- Una vez en España y si queréis, sacarle el DNI
- Solicitar el settled o pre-settled status para vuestro hijo si no tiene nacionalidad británica
Si tenéis cualquier pregunta no dudéis en dejarnos un comentario e intentaremos contestaros cuanto antes 🙂